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LEGISLACION SOBRE BLANQUEAMIENTO DENTAL

La Union Europea y el Ministerio de Sanidad modifican la legislación que regula los productos de blanqueamiento dental.
Ante la proliferación de tratamientos de blanqueamiento dental en centros sin ningun tipo de autorización sanitaria, la Unión Europea ha publicado una directiva que regula el uso de los productos para blanqueamiento dental.
Desde Noviembre de 2012 queda prohibido su uso en establecimentos que no sean consultas dentales. De esta manera quedan protegidos los derechos de los pacientes así como su seguridad durante el tratamiento.
En resumen la directiva europea obliga a:
1.Que se realice un examen clínico adecuado al paciente, a fin de garantizar que no existen factores de riesgo o cualquier otra patología bucal que contraindiquen la utilización de productos de blanqueamiento dental.

2.Que se garantice que los productos de blanqueamiento dental solo se utilizarán según la frecuencia y duración de la aplicación prevista.

3.La venta de los productos de blanqueamiento dental queda restringida exclusivamente a los dentistas.
Asimismo, estos productos, no podrán utilizarse en menores de 18 años.
Sólo aquellos productos con concentraciones de agente blanqueante inferior a 0,1% podrán seguir siendo utilizados en productos cosméticos de libre adquisición por el paciente, como por ejemplo los que encontramos en algunas pastas de  dientes o en algunos chicles. Estas concentraciones son seguras para su uso sin control por el dentista si bien su eficacia blanqueadora es prácticamente nula.

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